CCAAPlazo Acción RestauraciónPlazo Infracciones
Comunidad de Madrid4 años4 años
Comunidad Valenciana15 añosLas infracciones graves o muy graves, a los 4 años; leves, 1 año
Islas Baleares8 añosLas infracciones graves y muy graves prescribirán a los 8 años y las leves al año
Islas Canarias10 añosLas infracciones muy graves prescriben a los cuatro años, las graves a los dos años y las leves al año.
País Vasco4 añosa) Las muy graves a los cinco años; b) Las graves en un plazo de cuatro años; c) Las leves en un plazo de dos años.
Castilla La Mancha5 añosa) Las muy graves a los cinco años; b) Las graves en un plazo de tres años; c) Las leves en un año.
Castilla y León10 añosEl plazo de prescripción de las infracciones será de diez años para las muy graves, ocho años para las graves y cuatro años para las leves.
La Rioja4 añosLas infracciones urbanísticas graves y muy graves prescribirán a los cuatro años, y las leves al año
Andalucía6 añosLas infracciones graves y muy graves prescriben a los cuatro años y las leves al año
Galicia6 añosLas infracciones urbanísticas muy graves tipificadas en el artículo 158.2, apartado a), prescribirán a los quince años; las graves y las muy graves tipificadas en el artículo 158.2, apartados b), c) y d), a los seis años; y las leves, a los dos años, a contar desde la finalización de las obras o de la actividad
Asturias4 añosLas infracciones urbanísticas muy graves prescribirán a los cuatro años, las graves a los dos años y las leves al año
Murcia10 añoslas infracciones urbanísticas muy graves y graves prescribirán a los cuatro años y las leves al año
AragónSe aplica el plazo fijado para las infracciones urbanísticasEl plazo de prescripción para las infracciones leves será de un año; para las graves, de cuatro años, y para las muy graves, de diez años
Melilla6 añosLas infracciones graves y muy graves prescriben a los cuatro años y las leves al año
Ceuta6 añosLas infracciones graves y muy graves prescriben a los cuatro años y las leves al año
Navarra4 añosLas infracciones urbanísticas muy graves prescribirán a los diez años, las graves a los ocho y las leves a los cuatro años
Catalunya6 añosLas infracciones urbanísticas muy graves prescriben a los seis años, las graves prescriben a los cuatro años y las leves prescriben a los dos años
Cantabria4 añosEl plazo de prescripción para las infracciones muy graves será de cuatro años, para las graves de tres años y para las leves de un año
Extremadura6 añosLas infracciones urbanísticas muy graves prescribirán a los seis años, las graves a los cinco años, y las leves al año

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