Ejemplo de Recurso de Reposición contra Orden de Demolición

Primero.- De la Prescripción. La acción de restauración del orden jurídico perturbado ha prescrito, ya que han transcurrido más de (XXX Incluir plazo de prescripción de tu CCAA) desde la total terminación de las obras al que se refiere la Orden de Reposición hasta la notificación de dicha Orden de Reposición.

Los elementos probatorios que acreditan la fecha de terminación de las obras son los siguientes:

(XXX Incluir elementos de prueba, como fotografías de la obra tomadas en cámara digital, documentos de pago acreditativos de la fecha de la obra, facturas, compra material, imágenes satélite, ortofotos y fotogramas en general, declaraciones de personas conocedoras de la obra, emails o comunicaciones con proveedores sobre la obra, actas notariales si se disponen, etc).

Por tanto, como mínimo, está acreditado que las obras objeto de este expediente llevan totalmente terminadas desde el (XXX Incluir fecha de terminación).

Con el máximo respeto a los servicios municipales, el Ayuntamiento de (XXX Incluir nombre de Ayuntamiento) ha tenido el tiempo suficiente para ejercer la acción de restauración de la legalidad urbanística, ya que era perfectamente conocedor de la existencia de las obras objeto del presente expediente de disciplina.

Actualmente, se está ejerciendo una acción que procede de hace (XXX indicar los años que han transcurrido desde la total terminación de las obras).

El artículo (XXX indicar número de artículo de la prescripción de las obras sin Licencia de la Ley de urbanismo de su CCAA) establece:

(XXX)

A mayor abundamiento, y aunque no sea exactamente el objeto de este procedimiento, hay que recordar que cuando estemos ante una obra que no está amparada por licencia, pero ya se ha producido la caducidad de la acción para proceder al restablecimiento de la legalidad urbanística, los Tribunales tienen declarado, incluso, que no puede denegarse la licencia de primera ocupación con fundamento en la ejecución de las obras con respecto a las cuales se ha producido la caducidad y tampoco puede impedirse su uso si éste no se opone al permitido por el Plan para la zona de que se trate.

Es decir, que las obras sin licencia no sólo no pueden ser ya objeto del restablecimiento de la legalidad por la caducidad de la acción, habiendo quedado así fuera de ordenación, sino que incluso el propio administrado podría intentar la obtención de una licencia de primera ocupación que amparase el uso del inmueble, si el uso pretendido con la misma se encuentra entre los previstos y autorizados en la zona.

Tampoco a la hora de resolverse sobre dicha licencia podrá enjuiciarse y valorarse si las obras ejecutadas se ajustan o no a la licencia urbanística de obras, toda vez que en el momento de resolver sobre dicha licencia de primera utilización u ocupación se parte de que la obra en cuestión se encuentra en situación de “fuera de ordenación”.

Segundo.- De la naturaleza urbanística de las obras.

Respecto a la clasificación urbanística del suelo donde se encuentra el edificio, el planeamiento urbanístico lo incluye dentro de (XXX Incluir la ordenanza de suelo urbano o la clase de suelo no urbanizable o rural en la que se incluye).

Las obras realizadas no tienen la consideración de obra de nueva edificación, como si de una nueva planta se tratase, sino que fue resultado de las obras de rehabilitación con acondicionamiento necesarias para la habitabilidad del inmueble. No se ha afectado a la envolvente del edificio, y la existencia de la superficie bajo cubierta en nada afecta al aumento de la planta, ni a la alteración del volumen original y se respeta el régimen jurídico establecido para los núcleos rurales y la reconstrucción de caseríos.

El artículo (XXX Indicar el artículo del Plan donde se recoge el régimen de obras permitido), establece:

(XXX Incluir el cuerpo del artículo)

Y en cuanto a los usos, el uso de vivienda se encuentra expresamente permitido en la clase y categoría de suelo donde se encuentra la parcela donde se inserta la vivienda.

El artículo (XXX Indicar el artículo del Plan donde se recoge el régimen de usos permitido), establece:

(XXX Incluir el cuerpo del artículo)

(En caso de que se haya producido la caducidad del procedimiento, que es el tiempo máximo que tiene el Ayuntamiento para notificar una Orden de Demolición desde que se dicta la Orden de Legalización o inicio del procedimiento). Tercero.- El procedimiento por el que se decreta la Orden de Reposición se encuentra caducado.

Con fecha (XXX Fecha en la que se dicta el recurso de reposición. Ojo, aquí es muy importante que se debe contar desde la fecha en la que se decreta o se dicta la Orden de Legalización o la fecha en la que se dicta el Inicio de Procedimiento de Demolición), se dicta Orden de Legalización.

Con fecha (XXX Indicar fecha en la que se recibe Orden de Demolición), recibo notificación del Decreto por el que se ordena la reposición de las obras. 

Eso significa que han transcurrido (XXX número de meses) meses desde el inicio del procedimiento hasta su resolución (resolución que ahora se ratifica mediante el Decreto 2021/2022 que se impugna) y, por tanto, se produjo la caducidad del procedimiento.

Recordamos que el plazo de tramitación de los expedientes computa desde que se dicta el primer acto (en este caso, el de incoación) hasta que se notifica la resolución del procedimiento administrativo es de (XXX Indicar el número de meses establecido por la Ley de urbanismo de su CCAA). 

(XXX Introducir el artículo de la Ley urbanística)

(XXX Introducir el artículo de la Ley urbanística)

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